Es obligatorio realizar la recategorización cuatrimestral, aún cuando se mantenga la misma categoría para confirmar los datos declarados.
Plazos para realizar la recategorización
Para encuadrarse en una nueva categoría, hasta el 20 de septiembre de 2017.
Para permanecer en la misma categoría, hay que confirmar los datos declarados de acuerdo a las fechas del siguiente cronograma:
CATEGORÍA | FECHA DE VENCIMIENTO |
F, G, H, I, J y K | 20 de septiembre de 2017 |
D, E | 20 de octubre de 2017 |
B, C | 20 de noviembre de 2017 |
A | 20 de diciembre de 2017 |