Beneficios fiscales para PYMES -Ley 27.264

Programa de recuperación productiva

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A los efectos de lo dispuesto por el art. 1° del Título I de la Ley N° 25.300, serán consideradas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas aquellas cuyas ventas totales anuales expresadas en pesos, no superen los valores establecidos en el cuadro siguiente:

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Principales beneficios impositivos

  • EXCLUSIÓN DEL IMPUESTO GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA.

No le será aplicable a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta con efecto para los ejercicios fiscales que se inicien a partir del día 1° de enero de 2017.

  • PAGO A CUENTA IMPUESTO DÉBITOS Y CRÉDITOS BANCARIOS.

El Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias podrá ser computado en un cien por ciento (100%) como pago a cuenta del impuesto a las ganancias por las empresas que sean consideradas “micro” y “pequeñas” y en un cincuenta por ciento (50%) por las industrias manufactureras consideradas “medianas -tramo 1-” en los términos del artículo 1° de la ley 25.300 y sus normas complementarias. Continuar leyendo…


Monotributistas: paso a paso para cobrar las Asignaciones Familiares

El gobierno anunció que desde el mes de mayo los monotributistas tendrán acceso al cobro de las Asignaciones Familiares por Hijo, Prenatal, por Hijo Discapacitado y Ayuda Escolar.

Para el cobro de las asignaciones familiares, los  monotributistas deben corroborar que tanto sus datos personales como  los de su grupo familiar acreditados correctamente en la ANSES.  Continuar leyendo…


Monotributo: nuevos valores a partir de Junio 2016

A partir de junio de 2016, los monotributistas deberán pagar nuevos valores en la cobertura de salud, es decir que su aporte mensual se incrementa. La suba no afectará a todos los monotributistas, ya que aquellos que solo abonan el componente impositivo no tendrán modificaciones.

El aporte a la obra social pasa de $ 323 a $ 419 por mes. El aporte al sistema jubilatorio sigue en $ 157. De esta manera, el componente con destino a la seguridad social -fijo para todas las categorías- será de $ 576 por mes (antes $ 480), al que se suma el impuesto integrado -incluye IVA e Impuesto a las Ganancias- que varía según la categoría.  Continuar leyendo…


COMO REALIZAR COMPROBANTES EN LINEA – PASO A PASO

1 – Ingrese a la página de la AFIP (www.afip.gob.ar) y  presione en el recuadro “Acceso con Clave Fiscal”.

2- A continuación se despliega una pantalla, en la cual debe ingresar su número de CUIT  y en el campo “CLAVE” su clave fiscal. Luego presione el botón “INGRESAR”.

3- El sistema desplegará en pantalla la lista de servicios AFIP que tiene habilitados. Allí seleccione el denominado “Comprobantes en línea”.

4- Seleccione su empresa y haga click en la misma.

5- Seleccione la opción “Generar Comprobantes” dentro de los ítems desplegados. Continuar leyendo…


Prórroga hasta el 30 de junio del nuevo plan de pagos AFIP -plan especial

La AFIP oficializó ayer 01/06/2015, la prórroga hasta el 30 de junio del plazo para adherirse al plan de facilidades de pago para la cancelación de deudas impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras vencidas al 28 de febrero de 2015, inclusive.

La Resolución General 3774, extiende el vencimiento de la moratoria, que ofrece un plan de regularización de hasta 120 cuotas con una tasa de interés del 1,9 por ciento mensual, con un pago inicial del 7 por ciento del total a refinanciar. Continuar leyendo…


¿Cómo pedir la devolución de percepciones por compras en el exterior?

Sujetos que no son contribuyentes del Impuesto a las Ganancias o sobre los Bienes Personales.

Mediante la Resolución General N° 3420, se establece el procedimiento mediante el cual los sujetos residentes en el país, a quienes se les hubieran practicado las percepciones por compras en el exterior, y que no sean contribuyentes del impuesto a las ganancias o del impuesto sobre los bienes personales, podrán solicitar la devolución del gravamen percibido.

Para solicitar la devolución, deberán utilizar el servicio con Clave Fiscal «Mis Aplicaciones WEB”.
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Desde enero habrá que ganar casi $10.000 al mes para acceder al dólar ahorro

30-12-2014 Por aumento del salario mínimo vital y móvil, desde el viernes menos contribuyentes estarán habilitados para adquirir billetes a precio oficial más un plus.

Los contribuyentes que quieran refugiarse de la inflación o que pretendan -y puedan- atesorar parte de su sueldo deberán tener, a partir del año 2015, un ingreso mensual cercano a los $10.000 para poder acceder a la compra del denominado «dólar ahorro».

¿Cómo se explica el cambio? En realidad, lo único que pasó es que se incrementó el salario mínimo, vital y móvil, de $4.400 a $4.716, por lo que -tal como está estipulado legalemente- se requerirá el doble de ese sueldo de bolsillo para poder tener acceso a la moneda extranjera.

Es decir, no hubo modificaciones emanadas ni de la AFIP ni del BCRA sino, más bien, una actualización ya contemplada en la normativa original, que considera que un límite de 20% de los ingresos se puedan destinar a tenencia de moneda extranjera en caso de relación de dependencia, autónomos y monotributistas.

Para recibir la autorización que habilita la adquisición de moneda extranjera es necesario percibir el doble del salario mínimo, vital y móvil.

Como esa remuneración básica pasará de $4.400 a $4.716, desde este viernes, los que quieran comprar dólares deberán cobrar $9.432 de bolsillo para sortear ese filtro de la AFIP.

Uso Obligatorio de Posnet – Opinión de AFIP

 20/12/2014 . AFIP confirmó la obligatoriedad del uso del «posnet» para los comercios, aunque decidió suspender las sanciones -por un tiempo prudencial- hasta que los negocios se adecuen a la nueva normativa. Sin embargo las actas que se labren durante ese período, serán sólo a fines «de constatación y no implicarán sanción alguna».

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Monotributo: la AFIP permitirá que los pequeños contribuyentes utilicen sus viejas facturas en 2015

29-12-2014 AFIP emitirá una nueva resolución para que los Monotributistas NO desechen sus comprobantes. Luego de la prórroga, los interesados deberán pedir autorización para poder imprimir nuevos talonarios.

Luego de idas y vueltas, AFIP emitirá una nueva resolución general para enmendar el régimen de facturación para pequeños contribuyentes enmarcados en el Monotributo.

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